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Informacion sobre la Problematica Ambiental en Argentina y el Mundo...
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A partir de la reforma a nuestra Constitucion Nacional en 1994 incorporan el articulo 41 , articulo que introduce una vision nueva tanto desde el Derecho como de las Legislacion. Si nos referimos a la nueva Legislacion su fuente proviene de España. Nuestro articulo 41 tiene varios temas, como por ejemplo el Derecho a la Educacion Ambiental y tenemos el Derecho a pedir cualquier Informacion Ambiental que se encuentre en manos del Estado. No me voy a extender en el tema pero quiero dejar aclarado en forma suscinta que es una Ley de Presupuestos Minimos de Proteccion Ambiental. Es una Norma Nacional que se aplica directamente en todas las Provincias sin la necesidad de la Adhesion de la misma Provincia, tambien debemos decir que esta norma contiene los presupuestos o mas bien es la base de proteccion ambiental en toda la Nacion, luego las provincias podran complementar, pero su complemento o su proteccion debe ser mayor a la Nacional. Tambien debemos saber que estos complementos pueden ser por una Ley Provincial o una Ordenanza Municipal. Cuando quieran pedir Informacion Ambiental al Estado nunca se Olviden de nombrar los tratados Interancionales, el Articulo 41 de la CN, la Ley General del Ambiente 25675, luego la Ley especifica de Informacion Ambientel Nacional 25831 y por ultimo la Ley Provincial de Informacion en el caso que la provincia posea una Ley Especifica. Luego les subire un Modelo de Pedido de Informacion....
En Nuestro Diario tambien tienen mucha Info y Jurisprudencia. Saludos
Los Recursos Naturales tienen que volver a manos del Estado Nacional, tenemos que volver a aplicar el articulo 39 de la Constitucion del 49. O los dejamos en manos extranjeras....No soy Peronista…Continuar
Iniciada por IVAN FEDERICO DIAZ MASSARA Ene 25, 2011.
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